quinta-feira, 4 de setembro de 2008

Milagro eucarístico de Cebreiro


Estas vacaciones tuve la oprtunidad de leer y conocer mejor este Milagro .El Milagro Eucarístico es un acontecimiento que ha hecho famoso al Cebreiro en toda Europa. Uno de los testimonios clásicos es el del P.Yepes, cronista benedictino. Nos narra los hechos de la siguiente manera:
Cerca de los años de mil y trescientos había un vecino vasallo de la casa del Zebrero en un pueblo que dista a media legua llamado Barja Mayor, el cual tenía tanta devoción con el santo sacrificio de la misa que por ninguna ocupación ni inclemencia de los tiempos recios faltaba de oir misa. Es aquella tierra combatida de todos los aires, y suele cargar tanta nieve que no sólo se toman los caminos, pero se cubren las casas y el mismo monasterio, la iglesia, y hospital suelen quedar sepultados, y allá dentro viven con fuegos y luces de candelas, porque la del cielo en muchos días no se suele ver, y si la caridad (a quien no pueden matar ríos ni cielos) no tuviese allí entretenidos a los monjes para servir a los pobres, parece imposible apetecer aquella vivienda. Un día, pues, muy recio y tempestuso lidió y peleó el buen hombre y forcejeó contra los vientos, nieve y tempestades; rompió por las nieves y como pudo llegó a la iglesia. Estaba un clérigo de los capellanes diciendo misa, bien descuidado de que en aquel tiempo trabajoso pudiese nadie subir a oír misas. Había ya consagrado la hostia y el cáliz cuando el hombre llegó, y espantándose cuando le vio, menespreciole entre si mismo, diciendo: "¡Cuál viene este otro con una tan grande tempestad y tan fatigado ver un poco de pan y de vino!El Señor, que en las concavidades de la tierra y en partes escondidas obra sus maravillas, la hizo tan grande en aquella iglesia, a esta sazón, que luego la hostia se convirtió en carne y el vino en sangre, que viendo Su Majestad abrir los ojos de aquel miserable ministro que había dudado y pagar tan gran devoción como mostró aquel buen hombre, viniendo a oír misa con tantas incomodidades"
Hubo otros muchos historiadores que recogieron este milagro: «El milagro historiado entre otros por Ambrosio Morales en el Viaje Santo, ocurrió en el siglo XVI, ofreciéndose a un sacerdote incrédulo la hostia en carne y el vino en sangre, desde entonces conservados en reliquiarios»
Las demás versiones del milagro difieren, en cuanto a la forma, de lo enunciado por el P.Yepes. Vamos a reproducir a continuación otra versión para observar así lo que las tradiciones puenden modificarse, y ampliarse incluso, con el correr del tiempo al ir trasmitiéndose de boca en boca, siendo la tradición popular su vehículo de supervivencia. Pero el problema de este modo de trasmisón de la cultura tiene el riesgo de las altaraciones y las deformaciones, lo que dificulta luego la labor de reproducir el relato original, trabajo de la crítica textual. La siguiente versión es recogida por Leandro Carré y publicada en "La Voz de Galicia" del 22 de agosto de 1992:
«Aconteció, allá por el año 1300, que un cura de la parroquia empezó a pensar cómo era posible que la santísima hostia y el vino de misar pudieran convertirse en carne y sangre de Jesús Dios al tiempo de la consagración, cumplida simplemente por un hombre mortal y pecador como era él. La duda mordía con frecuencia el corazón del sacerdote; la duda amargaba las horas solitarias de sus noches de insomnio. -¡Oh, Dios!-murmuraba el cura afligido-. La fe se debilita en mí. Mi ser se enflaquece y mi cerebro estalla, pero no veo claro este misterio. ¿Unas leves cruces trazadas en el aire por mi mano y unas pocas palabras murmuradas por mi boca, no siempre limpia y pura, cómo pueden hacer tal milagro?. Había un vecino de la parroquia que vivía a una media legua de Piedrafita y era tan devoto de la santa misa, que por ninguna cosa, ni aun por tormentas o nevadas más fuertes, dejaba de acercarse allí para oír su misa. Un domingo estaba el cura celebrando el santo sacrificio. Nadie más estaba en la iglesia, porque la turbulenta cellista de aquél día era tal, que causaba pavor. Tenía ya consagrada la hostia y el cáliz cuando oyó el ruído de alguien que entró apresuradamente en la iglesia. El sacerdote lo miró con sorpresa y, asombrado, murmuró: "¡Pobre hombre, venir con este tiempo de tan lejos, fatigosamente y exponiéndose a morir en el camino, sólo para postrarse ante un poco e pan y vino!". Pero entonces sintió un estremecimiento extraño. Miró para la patena y vio, horrorizado, como la blanca rodajita de blanco pan enrojecía, convirtiéndose en sangrante carne que parecía recién cortada de un cuerpo vivo; y el vino del cáliz se espesaba, adquiriendo un tono más bermejo, y olía a sangre. El mísero cura cayó de rodillas al pie del altar y luego se desplomó sobre las gradas, desvanecido. El hombre que había llegado en aquel momento corrió hacia el altar y trató de incorporar al sacerdote. Estaba muerto».
Con relación a este relato hay que decir que es mucho más vivo y realista que el anterior, muy enriquecido de detalles que, sin duda se le irían agregando a lo largo de los siglos e incluso pudo ser modificado conscientemente para adaptarlo a una catequesis a fin de reforzar la fe del pueblo. Pero lo importante es que sólo ha cambiado la forma de expresar la idea, manteniéndose ésta inalterable y haciendo el texto más adsequible para que la gente pudiera recordarlo mejor, que es lo que realmente importa. Es preciso decir también que en el relato se identifican los pueblos de Piedrafita y O Cebreiro; el autor no hace distinción y localiza la historia en Piedrafita.
Tradicionalmente se cree que, en un principio, las reliquias permanecieron en el cáliz y la patena. Luego, cuando los RR.Católicos pasan por estas tierras donan unas redomas de plata para guardarlos. Ésto es lo que recoge el P.Yepes: «Estuvieron mucho tiempo la hostia vuelta en carne en su patena y la sangre en el mismo cáliz donde había acontecido el milagro, hasta que, pasando la reina Doña Isabel en la romería a Santiago, y hospedándose en el monasterio del Zebrero, quiso ver un prodigio tan raro y maravilloso, y dicen que entonces, cuando lo vio, mandó poner la carne en una redomita y la sangre en otra, adonde hoy día se muestran»

segunda-feira, 1 de setembro de 2008

Otra sentencia reconoce el derecho a objetar contra Educación para la ciudadanía


Otra sentencia reconoce el derecho a objetar contra Educación para la ciudadanía

El tribunal considera que algunos puntos del programa reflejan valores de una determinada ideología
La sentencia dictada el 8 de julio en La Rioja es la cuarta de un Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que reconoce el derecho de unos padres a objetar, por razones de conciencia, contra la obligación, impuesta a sus hijos, de cursar la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC). A ellas hay que sumar las resoluciones de rango inferior favorables a la objeción dictadas por los mismos y otros tribunales. También hay un número menor de decisiones contrarias.
El TSJ de La Rioja ofrece en la sentencia un pormenorizado análisis tanto de la Ley Orgánica de Educación como de los decretos que regulan la polémica asignatura. Los jueces estiman que algunos puntos del programa suponen una intromisión del poder público en ámbitos amparados por los derechos fundamentales. En concreto, se refiere a cuestiones como “la educación afectiva y emocional”, “los sentimientos”, “las relaciones interpersonales” o “los prejuicios”; de esta forma, se pretende hacer pasar por “valores universales” lo que en realidad son valores de una determinada ideología.
Al fundamentarse en una concreta concepción del hombre y de la sociedad, el TSJ considera que la EpC implica un adoctrinamiento moral por parte del Estado y vulnera la libertad ideológica y el derecho de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones (artículos 27.2 y 27.3 de la Constitución Española) . Con el voto particular de un magistrado, la sentencia finalmente reconoce la objeción de conciencia y declara al alumno exento de cursar la asignatura, “asistir a las clases y ser evaluado, sin que ello pueda tener consecuencia negativa alguna a la hora de promocionar de curso y/o obtener los títulos académicos correspondientes”.
El pronunciamiento judicial de La Rioja tiene particular importancia por ser el primero en una comunidad autónoma gobernada por el Partido Popular, que donde está en el poder ha promovido, contra el criterio del ejecutivo central socialista, adaptaciones del programa pensadas para quitar el motivo de presentar objeción de conciencia. A este respecto, el Foro Español de la Familia señala que el reconocimiento del derecho a la objeción en la última sentencia se refiere a la asignatura de forma general, por lo que también los “contenidos rebajados” de las comunidades regidas por los populares suponen una vulneración de los derechos y libertades constitucionales.
El mismo tribunal tiene otro recurso pendiente de resolución, del que se han admitido ya las medidas cautelares solicitadas. En este caso, el auto sostiene que el alumno no tendrá que cursar la asignatura hasta que la sala no decida sobre el fondo del asunto.
Otras sentencias y resoluciones
La sentencia de La Rioja se suma a una serie de resoluciones favorables a los objetores contra EpC. En Andalucía son ya tres las sentencias en las que el TSJ de la comunidad ha reconocido este derecho. En la última, hecha pública a principios de julio, el tribunal sostiene que la libertad religiosa e ideológica de los ciudadanos está por encima de lo que entiende como un “acto ilegítimo de intromisión” por parte del Estado, y subrayaba el carácter adoctrinador de la EpC. El TSJ andaluz ha dictado además una veintena de autos que eximen de la EpC a los hijos de sendas familias hasta la resolución final de las demandas. Lo mismo ha hecho el TSJ de La Rioja en otros seis casos.
También ha habido decisiones favorables de órganos judiciales inferiores. En Huesca (Aragón), el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha dictado dos autos (uno en junio y otro en julio) que dispensan cautelarmente de cursar EpC mientras no hay sentencia.
En contra de los padres objetores hay una sentencia de TSJ de Asturias, dictada en febrero pasado. En este caso, el tribunal reconoce el derecho a la objeción contra la EpC, pero no resuelve a favor de los recurrentes por estimar que no habían acreditado que hubiera causa para objeta. El fallo señala que el Estado no debe imponer convicciones, sino más bien “garantizar el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.
También sentenció en contra de los objetores el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel (Aragón). Las demás decisiones contrarias a la objeción son autos judiciales: cinco del TSJ de Cataluña, más tres de jueces de Cantabria y uno en Navarra. En total, a favor de los objetores se han dado hasta ahora 32 resoluciones (4 sentencias y 28 autos), y en contra, 11 (2 sentencias y 9 autos).